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"UN PROBLEMA BIEN PLANTEADO ES UN PROBLEMA MEDIO RESUELTO" Charles F. Kettering.
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Delivery de jubilaciones y pensiones

24 de Marzo, 2007  ·  Jubilaciones y pensiones

Delivery de Jubilaciones y Pensiones

Con la entrada del Anses a la era de internet y las comunicaciones es posible incluso el delivery de jubilaciones y pensiones. Si sos mujer y tenés 60 años o sos hombre y cumpliste los 65 te podés jubilar sin moverte de tu casa. No parece algo increíble?, bueno, no lo es.
Afortunadamente las personas están entrando cada vez más a la web y se va perdiendo el miedo y el recelo, antes parecía imposible que alguien de mas de 40 fuera capaz de entender lo que era internet, chat, foros, blog, pagina web, ahora afortunadamente todos andamos por estos lares, incluso yo, que pertenezco a una de las profesiones más conservadoras. En fin, queridos clientes (los considero clientes por el solo hecho de haber visitado esta página que es como mi sala de espera), si se quieren jubilar, espero que me lo hagan saber y me envien un mail o un comentario. Si desean realizar una Consulta Profesional, por favor pasen por el post de "Servicios". Saludos. Dra. Casso.

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publicado por abogadoenlinea a las 19:42  ·  458 Comentarios  ·  Recomendar
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hola mi pregunta es tengo mi hija que nacio con sindrome de daw hace 14 meses comenzamos la pension ya esta acordada falta que anses designe el banco de cobro mi pregunta es ¿cuanto cobrara por mes ? y el retroactivo desde hace 14 meses agredeceria alguna respuesta gracias
publicado por paci nestor, el 07.07.2007 11:08
Buenas Tardes
Mi consulta es referente a una jubilacion mixta - 14 años bajo relacion de dependencia reconocidos por anses+6 años desde 1982 a 1988 no reconocidos por anses (trabajados en una empresa que presento quiebra con constancia del sindico y recibos de sueldo)+8 años con aporte a autonomos(transportista)y una moratoria ley 25865 x tres años de los cuales ya abone 36 cuotas - la edad que me estimaron en anses para jubilarme ya la cumpli, mi pregunta es que hacer con los 6 años no reconocidos por anses y si debo pagar de contado las 24 cuotas que me quedan de moratoria para jubilarme.Les agradeceria sus comentarios
publicado por Mario, el 02.08.2007 13:10
Hace 5 años, con los fondos que tenia en Maxima AFJP, adquiri una renta vitalicia previsional de u$s 813,25 mensuales a HSBC-NEW YORK LIFE. Esta empresa haciendo una interpretacion malintencionada, ilógica, ilegal y antojadiza, sin el minimo de asidero lógico, y contraria a todos los argumentos de venta que esa empresa pregonaba, decidio unilateralmente, abonarme solo la cantidad de u$s 451,81. Obviamente realice una innumerable cantidad de reclamos sin ningun resultado. Incluso ante la Superintendencia de Seguros de la Nacion, quienes me informaron que debia accionar judicialmente. Realice entonces el correspondiente Juicio, con resultados totalmente favorables a mi reclamo. La justicia fallo a favor mio, dandome la razón. Pero la empresa infractora apeló practicamente sin justificacion y perdió nuevamente, quedando asi el fallo firme. La justicia en instancia final falló a favor de que se me pagara lo que correspondía. Aún asi, la empresa riendose de nuestra justicia da a largas al asunto y no cumple el fallo de la misma.Esto mismo que me acontece, le sucede tambien a otros que han puesto sus ahorros en HSBC-NEW YORK LIFE. Además de esta actitud, a contramano de todos su argumentos de venta, jamás ha actualizado estos importes como lo prometía en innumerables tablitas que repartía para que nos decidieramos por ellos. Calculo que algún día recibire lo que por justicia me corresponde. Pero entiendo que es necesario hacer conocer esta circunstancia y cooperar con otros que puedan estar pasando por una circunstancia similar por haber elegido tan mal como yo a HSBC-NEW YORK LIFE, sea en mi pais, como en algun otro.
Aca les dejo mis datos y pongo a vuestra disposicion cualquier copia de todo lo expuesto.
Afectuosisimo.
Jorge Ricardo Urquiza DNI 10.777.351 Mail: urquijuegos@hotmail.com (msn siempre abierto)
publicado por Jorge Urquiza, el 15.08.2007 14:20
Mario, con los 6 años tenes que iniciar lo que se llama trámite de reconocimiento de servicios, para que el anses lo cargue en su base de datos y te los reconozca, si ya tenés la edad lo podés hacer junto con el trámite jubilatorio en si mismo, pero te demora el trámite, si aportaras a una afjp por ejemplo tendrías más problemas con el reconocimiento. Otra opción es hacer una moratoria también por esos 6 años que aunque injusto es bastante práctico, te va a descontar de tu jubilación $60 por mes durante 5 años, pero pensalo porque en una de esas te conviene el descuento si te evitas la demora en el trámite!. Con respecto a la moratoria que estás pagando tenés que entrar en el sicam con una clave fiscal y ahi ves que pasa con tu moratoria. Saludos.
publicado por abogadoenlinea, el 15.08.2007 19:36
Gracias Jorge por compartir tu experiencia con nosotros. Saludos.
publicado por abogadoenlinea, el 15.08.2007 19:37
hola, mi papa esta aportando en maxima afjp desde que salieron las afjp, antes era al estado como todos, yo ahora estoy tratando de convencerlo de volver al estado, ya que desconfio mucho de las afjp y de lo que dicen pagar despues, mi papa tiene mas de 25 años de aportes pero no le da la edad, tiene 56 y es viajante, antes empleado pero desde hace unos meses independiente, por lo que se hace de monotributo. la consulta es si no cambia de idea, los aportes del monotributo siguen para la afjp que tenia mientras estaba empleado no? y si se decide (o lo convenzo) de volver al estado es al nacional no? somos de entre rios, la jubilacion seria de jubilado nacional? y cuanto esta hoy la jubilacion en $ /mes? el aporta el porcentaje que corresponde por un ingreso aproximado de $2500.
- otra consulta es en que quedo eso que se habia dicho de la pension para todos lo que hicieron la colimba en la epoca de los militares? se paga? cuanto? una sola vez o de ahora en mas? el ya tiene la constancia del ejercito que presto servicios en esa epoca. Desde ya muchas gracias y adelante, felicitaciones
publicado por NATALIA, el 17.08.2007 15:37
Gracias Dra. Silvana por estar al tanto de todos los mails publicados, a la bateria de preguntas que le realice le sumo otras, ¿lo que uno aporto en la afjp, puede retirarlo antes de jubilarse? se que los aportes del monotributo van al estado si o si, entonces, que pasa con esa plata que uno tiene en la afjp? desde ya le agradezco mucho
publicado por Natalia, el 23.08.2007 09:08
necesito saber si hecen reclamos para retiros militares.porque mi suegro hace 10 años que esta retirado y no le pagan lo q coresponde.desde ya muchas gracias por su atencion y espero una respuesta en la brevedad.
publicado por juan, el 31.10.2007 12:50
Hola como estas? tenemos un encargado de mi edificio que tiene 67 años , el adminstrador a los 65 tendria que haberlo intimado hacer su jubilacion , pero dice que tiene la edad pero no los aportes, en este caso que se hace se lo jubila igual o estamos en falta si lo jubilamos. la verdad muy interesante este lugar para planter las dudas, saludos cordiales.
Omar
publicado por Joaquin, el 03.11.2007 13:27
mi pregunta es la siguiente
mi magre sta convivindo hace mas de 10 años tiene pruebas del concubinato pero el no se divorsio esta separado de echo
le corresponde una parte de la pencion a mi madre
publicado por carolina yañez, el 06.11.2007 17:33
HOLA:Quisiera consultar porque soy propietaria de un colegio y a su vez directora.Hago mi aporte como directora al IPS(Pcia. de Bs.As) pero no el de autónomos.Debo hacerlo?Muchas gracias
publicado por agueda masaro, el 16.11.2007 18:56
Doctora, gracias por brindar este servicio. Soy colega suyo y me han consultado un caso complicado. Se trata de un ciudadano uruguayo que ingresó al país en el año 1979 como turista, desempeñando actividades autónomas. REcién en 1986 obtuvo la residencia y fue registrado como dependiente en un Consorcio de P.H., donde todavía trabaja. Cumple 65 años en 2008 y para esa fecha tendrá 22 años de aportes. En el Uruguay, trabajó desde que tenía 15 años, pero nadie le aportó. Se podrá jubilar? Cuándo y cómo? PUede usted tomar el caso?
publicado por Carlos Raúl, el 22.11.2007 19:09
Joaquín, una solución que seguramente beneficiará a todos sería que se adhiriera a la moratoria y completara los años de aportes, de otra forma no se podrá jubilar y por más que lo intimes a iniciar los trámites no podrá obtener el beneficio. En esas condiciones se jubila y empieza a cobrar en 6 meses y las cuotas se las descuentan de la jubilación. Quedo a tu disposición para realizar el trámite.Saludos.
publicado por abogadoenlinea, el 23.11.2007 17:06
Agueda, mi pregunta es la siguiente: como declarás los ingresos que percibis como propietaria del colegio si no estás inscripta como monotributista o autonoma? Saludos.
publicado por abogadoenlinea, el 23.11.2007 17:10
Carlos Raúl, tu cliente se va a poder jubilar en 5 años aproximadamente, ya que va a tener un exceso de 2 años y 6 meses y entonces va a necesitar sólo 27 años y 6 meses de aportes
publicado por abogadoenlinea, el 23.11.2007 17:16
Sres mi tia fue a cobrar su pencion y en el banco no figuraba, pueden ayudarme??
publicado por luciano, el 24.11.2007 12:23
mi tema es el siguiente :
soy mujer de 63 años,
trabajo en r. de d. hace 12 años, quiero seguir trabajando....
tengo 8 años desde 1979 en r. de d. pasados a una Afjp , ahora los volvi a pasar al Estado....
Lo que quiero hacer es aportar a una moratoria para completar los años que faltan,
sin jubilarme .... y seguir trabajando
cosa que pasado el tiempo, pueda jubilarme con muchos años de aportes, y que salga a relucir mi sueldo de los ultimos 10 años.
publicado por susana, el 24.11.2007 15:25
Quisiera saber cual es el prcentaje de cobro de la jubilación es el 40 ´0 el 70 %.
muchas gracias.
publicado por liliana, el 02.12.2007 16:13
Doctora gracias por este servicio,mi pregunta es la siguiente: mi padre se jubiló siendo Práctico del río de la Plata , falleció en el año 1985 y mi madre en la actualidad no cobra en proporción a los suedos actuales de dichos prácticos a quién debo dirigirme para saber si puede hacer el reclamo correspondiente.Desde ya muchas gracias
publicado por Inés, el 27.12.2007 19:32
Inés, tendrías que dirigirte a Anses. Saludos.
publicado por abogadoenlinea, el 27.12.2007 21:18
Me pueden yudar a saber cuanto me quedara de jubilación, cobro 1474 € brutos al mes y llevo trabajando mas de 45 años, queriendo retirarme a los 64 años, en el sector de la hosteleria.

Gracias
publicado por Biel Fornés Gil, el 03.01.2008 17:32
Biel, solo tratamos en este blog derecho argentino, saludos.
publicado por abogadoenlinea, el 03.01.2008 19:22
quisiera preguntar si mi mama esta cobrando su jubilacion,en el anses?
publicado por karina, el 14.01.2008 13:01
quisiera saber si mimama olga martinez.doc6.158.231 esta cobrando su jubilacion en el anses.
publicado por karina, el 14.01.2008 13:03
Karina: de la base de datos pública del Anses, Martinez Beatriz O., cuil 27061582318 parece que ni siquiera tuviera jubilación en trámite, podrias darme alguna otra información sobre el trámite por el cual estás preguntando. Te sugeriría que fuera por mail, es más privado. Saludos.
publicado por Abogadoenlinea, el 14.01.2008 17:45
Buenos días quería hacer una consulta sobre jubilación. Se trata de un hombre de 70 años que tiene 11 años de aporte en relación de dep acreditados con certif de serv y telegramas y el resto lo completa por SICAM. Ya se presentaron los papeles en ANSES en 07/2007 y todavia no tengo respuesta. En la UDAI me dijeron que tengo que presentar una nota anulando el SICAM y despues presentarlo nuevamente. Mi pregunta es: antes de iniciar todo ya me habian rechazado uno y no me recibieron los papeles, ahora me los recibieron y otra vez me lo rechazan pero con expediente abierto. Puede ser esto? la ley que utilice es la 24476.
publicado por Vanesa, el 18.01.2008 11:34
Vanesa, seguramente estás haciendo mal el sicam, no le han reconocido algun periodo en relación de dependencia y por lo tanto te quedás corta con los años que estás comprando, la primera vez el error sería obvio y por eso te rechazaron los papeles, la segunda vez parecía bien hecho y el error lo detectaron después. Si te parece te ayudo, pasame por mail el nro de cuil y nombre del Señor. Saludos.
publicado por Abogadoenlinea, el 18.01.2008 17:42
¿existe la pension para los hombres que hicieron el servicio militar en la epoca del proceso militar? si la respuesta es afirmativa....¿cual es el proceso para obtener el beneficio? gracias
publicado por cecilia bongioanni, el 20.01.2008 14:57
Quería agraderle dra por la amabilidad de haber respondido mi pregunta y ofrecerce a prestarme ayuda, asi que le queria comentar que me dirigi a la UDAI y encontre un empleado dispuesto a atenderme y me explicó que en realidad el expediente esta en espera de derecho y que solo tengo que esperar notificación de rechazo o resolución pero que está todo atrasado y habrá que esperar un tiempo mas.
publicado por Vanesa, el 23.01.2008 13:58
Buen día. Somos dos hijos mayores de un padre separado de hecho hace 30 años, quien nunca volvió a tener una pareja y su esposa vive.
¿Tenemos alguna forma de cobrar algo de lo depositado en la AFJP? Ya hicimos el trámite en la ART (porque fué un accidente de trabajo) y la ART ya le giró los fondos a la AFJP. Gracias.
publicado por Rodrigo Lorenzo, el 26.01.2008 08:24
Cecilia, lo de las pensiones para excombatientes deberías consultarlo directamente y en forma personal en el Anses, no en 0800. Saludos.
publicado por Abogadoenlinea, el 26.01.2008 11:39
Vanessa, te aconsejo que igual consultes por la página de seguimientos de expedientes del Anses. Saludos.
publicado por Abogadoenlinea, el 26.01.2008 11:40
Rodrigo, tenés que hacer una sucesión y tramitar ante la AFJP el retiro de los fondos. Saludos.
publicado por Abogadoenlinea, el 26.01.2008 11:41
Gracias por la respuesta. Como gestiono una sucesión? Debo hacerlo si o si por medio de abogados o puedo dirigirme a algún lugar? Suele llevar mucho tiempo? Y una última pregunta... el retiro de fondos también incluiría a los fondos que giró la ART? GRACIAS.
publicado por Rodrigo Lorenzo, el 26.01.2008 21:48
buenas tardes

mi consuta era por que tengo mi mama que en mayo de este año cumple 60 años y tiene 15 años de aportes que los paso al anses antes los tenia en una afjp yo queria saber si ella puede tramitar la jubilacion con esos aportes y como tengo que hacer por que llamo an anses pero no me atiende nadie y por la pagina mucho no te saben explicar asi que queria saber eso muchas gracias
publicado por paula, el 28.01.2008 14:32
Les agradecería una respuesta a la siguiente inquietud: un hombre de 63 años desea jubilarse: el puede acreditar algunos años en relacion de dependencia, otros como transportista autonomo. Pero no llega a los 65, de todas maneras puede comprar años por la ley 24476??? aunque no tenga la edad y jubilarse a los 63 con "privilegio" por ser transportista.
publicado por Melisa, el 04.02.2008 19:22
Soy jubilado de chofer de larga distancia,en la jubilacion de reparto.Mi sueldo era de $2408.pagaba de jubilacion $284 por mes,con 30 años de servicios y cobro $831,82 creo que deberia cobrar mas, que puedo hacer.Desde ya muchas gracias.
publicado por miguel victor, el 06.02.2008 10:18
EStimada: Tengo metido en ANSeS un tramite de Jubilacion ordinaria, el cual fue ingresado el dia 10/10/2006 y el ultimo movimiento fue el 27/02/2007 con codigo "08" que dice que los periodos trabajados en relacion de dependencia que contempla el tramite estan siendo verificados. Yo presente formal pronto despacho en El Udai de Cordoba y en donde se presento en Udai Morón. Nunca tuve respuesta y el tramite no se mueve. ¿que me aconsejaria hacer? Mi cliente esta desesperado y yo no se que mas hacer ni que decirle a mi cliente. Espero sus comentarios. Muchas gracias
publicado por Juan Carlos, el 06.02.2008 15:30
Estimada: Tengo metido en ANSeS un tramite de Jubilacion ordinaria, el cual fue ingresado el dia 10/10/2006 y el ultimo movimiento fue el 27/02/2007 con codigo "08" que dice que los periodos trabajados en relacion de dependencia que contempla el tramite estan siendo verificados. Yo presente formal pronto despacho en El Udai de Cordoba y en donde se presento en Udai Morón. Nunca tuve respuesta y el tramite no se mueve. ¿que me aconsejaria hacer? Mi cliente esta desesperado y yo no se que mas hacer ni que decirle a mi cliente. Espero sus comentarios. Muchas gracias.

Saludos. Juan C. E-mail: jc.tramites@speedy.com.ar
publicado por Juan Carlos, el 06.02.2008 15:35
quisiera saber cuando es mi fecha de cobro, por que el dia 15 de enero cumpli los 65 años , y si el proximo cobro es del total de la jubilacion, desde ya muchas gracias.
publicado por REINALDO BREA, el 15.02.2008 14:33
Hola: Tengo 40 años,soy médica. Trabajo en una Institucion privada por lo cual recibo $400 en blanco, hasta 12/07 los aportes iban a una AFJP y ahora al Estado.Paralelamente aporto a la Caja de Seguro Medico de la Pcia de BsAs.Pregunta:¿ Al momento de jubilarme recibiré 2 jubilaciones diferentes? ¿o se unirá lo aportado al Estado a los $1200 que recibire(monto actual) de la Caja de Medicos?
publicado por Gabriela, el 23.02.2008 15:39
hola Doctora es la primera vez que visito el sitio me parece muy interesante soy colega suyo tb y quisiera hacerle una consuta es sobre una señora de nacionalidad uruguaya que registra fecha de ingreso al pais en el año 1979 pero todavia no ha sacado su ciudadania pero ya tiene fecha de residencia definitiva y vive en argentina desde el año 1979 a la fecha . La pregunta es puedo jubilarla ? se puede adherir a moratoria ? o hay algun impedimento debido a su nacionalidad ? en que casos se aplicaria los convenios internacionales en seguridad social firmados con el Uruguay? Muchas gracias Dra espero su respuesta a la brevedad.
publicado por Rodolfo, el 09.03.2008 21:39
hola Doctora es la primera vez que visito el sitio me parece muy interesante soy colega suyo tb y quisiera hacerle una consuta es sobre una señora de nacionalidad uruguaya que registra fecha de ingreso al pais en el año 1979 pero todavia no ha sacado su ciudadania pero ya tiene fecha de residencia definitiva y vive en argentina desde el año 1979 a la fecha . La pregunta es puedo jubilarla ? se puede adherir a moratoria ? o hay algun impedimento debido a su nacionalidad ? en que casos se aplicaria los convenios internacionales en seguridad social firmados con el Uruguay? Muchas gracias Dra espero su respuesta a la brevedad.
publicado por Rodolfo, el 09.03.2008 21:40
Mi pregunta esta relacionada con Jubilación y prestaciones Paro.-
Mi situación es la siguiente, con fecha de Marzo 2008, se me termina
la prestación del Paro, y mi intención es Jubilarme en Junio del 2008-03-12 que es cuando cumplo
los 60 años. Llevo 40 años cotizando (01/07/1966 al 21/03/2006) dando comienzo mi
situación de Paro que concluye el 21/030/2008., Mi pregunta es la siguiente.

Debido que la extensión de la ayuda que recibo del Paro a partir que se me termina mi prestación es
de unos 400 euros., si hay alguna posibilidad de Jubilarme antes del 30 de Junio 2008., y cuanto me supone
de Dto.?, en porcentaje por Jubilación anticipada., si no fuera posible ¿Qué porcentaje de mi base se me
descontara a partir del 30 de Junio del 2008 por mi Jubilación a los 60años?
Atte.
publicado por sergio, el 12.03.2008 14:51
Soy Beatriz y tengo mi tramite jubilatorio en el I.P.S hace 2 años el mismo descansa en Resoluciones mientras yo descanso resolviendo mi pasar.Hay algo que se pueda hacer?
publicado por Beatriz, el 12.03.2008 15:49
Soy Beatriz.Ya comente acerca del descanso de mi tramite jubilatorio pero omiti dar el N° de expediente que es21557-41052-0-06-000 del I.P.S.pcia de Bs.As.
publicado por Beatriz, el 12.03.2008 16:02
Les agradecería si me pueden responder lo siguiente: tengo un epleado de 70 años de edad, con 23 años de aporte jubilatorio; es nuestra obligación mantener su puesto de trabajo si el no quiere jubilarse por que le faltan los años de aporte.
Muchas gracias
publicado por Mario, el 17.03.2008 18:03
Me llamo Bruno y soy estudiante de la carrera de contador publico de la ciudad de tandil, hace tres años que trabajo en un estudio contable, y me comunico con usted, porque quisiera saber la forma de tramitarle una pension a mi madre, ya que mi padre fallecio y quiero saber los pasos a seguir para llevar a cabo esta gestion.Le ruego que si puede ayudarme me escriba un E-mail!!
desde ya muchas gracias!!!!
Felicitaciones por el blog, esta muy completo e interesante!adios!!
publicado por BRUNO, el 19.03.2008 16:01
mi papa fallecio el 03/01/06,a los 50 años segun Anses tiene aportado 29 años y 8 meses.para que mi mamá cobre la pension debemos reclamarle a su AFJP Nacion.pero no tenemos el DNI , solo la partida de nacimiento, y un comprobante de DNI en tramite del registro nacional de capital federal bs.as, que mi papa no llego a retirar.hace dos años que hacemos tramites y siempre falta algo, la abogada nos dice que falta el acta de nacimiento ( de lobos )y bla,bla,bla, que va a llevar 2 años mas !!!tiene esto una pronta solucion ?
publicado por GRACIELA BERRO, el 20.03.2008 21:40
mi papa fallecio antes de cobrar la jubilacion.al ver en el anses aparece en etapa de resolucion.el inicio el 4/6.tengo que hacer algun tramite? me dijeron que puedo hacer el de contencion familiar y queria asesorarme si realizo alguno mas. muchas gracias.
publicado por alejandra, el 24.03.2008 20:12
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Dra. Silvana María Marta Casso

Abogada, procuradora.
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