La prohibición del artículo 315, inciso b del Código Civil, que dice: (...) No podrán adoptar: (...) b- Los ascendientes a sus descendientes, es el mayor obstáculo legal para el otorgamiento de la adopción del nieto a sus abuelos. Esta disposición ha sido criticada e incluso declarada inconstitucional.
Una parte de la jurisprudencia sostiene que este inciso se opone al contenido de la Convención sobre los derechos del Niño, en la parte que dispone que "Los Estados... Continuar leyendo